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Frecuentemente nos formulan consultas tales como:

  • ¿Qué es un accidente de trabajo o qué es un accidente laboral?
  • ¿Qué hacer en caso accidente de trabajo?
  • ¿Qué es un accidente de Trayecto?
  • ¿Qué es una enfermedad Profesional?
  • ¿Qué sucede con la incapacidad o muerte por una accidente de trabajo?
  • ¿Qué no es accidente del Trabajo?
  • ¿Cuáles son los derechos de la victimas de un accidente del trabajo?
  • ¿Quién decide o determina que el accidente es un accidente del Trabajo?
  • ¿Cuándo puedo demandar por un accidente de trabajo?
  • ¿Cuándo puedo presentar una demanda por accidente laboral?

¿Cuáles son los derechos de las victimas de un accidente laboral?

Un Accidente Laboral y las enfermedades profesionales son generalmente una consecuencia del actual negligente de la empresa, razón por la cual el empleador debe responder civil e incluso penalmente de los perjuicios que sufran sus trabajadores con motivo de los mismos.

Si eres victima de un accidente o enfermedad laboral tu empleador deberá indemnizarte, pagarte una suma dinero que repare los daños materiales y morales.

El monto de las indemnizaciones es variables, dependerán de la magnitud de los perjuicios, de las lesiones, de las secuelas, del tiempo que permanecerás incapacitado para trabajar, etc. Generalmente son millonarios, en caso de fallecimiento por ejemplo superan largamente los cien millones de pesos.

¿Qué hacer si sufro un accidente de trayecto?

Como trabajador, acudir a la Mutualidad o ISL donde debe explicar que llega producto de un accidente de trayecto e informar al empleador/a apenas sea posible. En este caso, el afectado debe detallar las circunstancias del accidente y acompañar los medios de prueba (parte policial, constancia de Carabineros, testigos).*

Si no cuenta con ellas, su declaración puede constituir un medio de prueba suficiente si se encuentra debidamente circunstanciada y de ella se desprendan hechos que permitan probar lo acontecido.

Por su parte, el empleador debe dar aviso antes de 24 horas de conocido el accidente a la mutualidad o ISL a través del formulario de Denuncia Individual de Accidente de Trabajo (DIAT), llenarlo, entregarlo y guardar copia de la DIAT recepcionada para si y entregar una al trabajador

Preguntas Frecuentes


Las indemnizaciones por los daños materiales y morales por un accidente del trabajo son millonarias. Sin embargo, siendo más precisos su monto dependerá de factores tales como el grado de incapacidad de la victima, las secuelas, el tiempo que permaneció o que permanecerá incapacitado, si falleció o no, etc.


Porque la ley impone al empleador el llamado deber u obligación velar por la seguridad (salud y vida) de sus trabajadores, luego su infracción o incumplimiento con resultado de perjuicios producto de un accidente laboral genera la obligación de indemnizarlos.


Los accidentes laborales siempre o casi siempre se producen debido a la negligencia del empleador. Negligencia dada porque no se capacitó adecuadamente al trabajador, porque no se efectuó el mantenimiento de las herramientas o maquinarias, en suma porque no se adoptaron todas las medidas de seguridad necesarias.


Primero, debes efectuar a la mayor brevedad posible la denominada denuncia individual de accidente del trabajo (DIAT) ante la mutualidad a la que me encuentre afiliado o al Servicio de Salud Respectivo. Segundo, no firmes finiquito ni ningún anexo de contrato. Y tercero, contactar a un abogado laboral para que interponga una demanda de indemnización de perjuicios por accidente laboral en contra de la o las empresas responsable. En todo caso no es requisito legal para demandar que se haya efectuado la referida denuncia.


Accidente del trabajo es toda lesión que sufre una persona a causa o con ocasión de su trabajo y que le produzca lesiones de incapacidad o muerte. Son accidentes del trabajo aquellos que ocurren en las actividades propiamente laborales, de capacitación, sindicales, gremiales y en el trayecto de ida o regreso al lugar de la faena o empresa. También se indemnizan los daños materiales y/o morales que sufran los trabajadores de empresas, entidades y establecimientos que sean objeto de delitos como robos o asaltos.


60 días hábiles (incluye los sábados) contados desde la fecha del despido.


Es relativo, aproximadamente 45 ó 60 días contados desde la fecha de presentación de la demanda ante los tribunales de justicia. El lapso dependerá de una serie de factores (complejidad del caso, oposición del demandado, cuantía, tribunal, demora en la notificación, etc).

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  • Patricia Rodriguez 2 opiniones

  • Hace 7 meses

  • Muy conforme. Abogados realmente expertos. Al comienzo no tenía mucha esperanza, porque el procedimiento iba demasiado lento, pero ellos saben lo que hacen. Abogados serios, sin mucha palabrería ni fanfarronería. Muy prácticos y concretos. Los recomiendo.

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  • DiegoRA12 2 opiniones

  • Hace 10 meses

  • abogados laborales especialistas en autodespidos por no pago de cotizaciones. Sólo trabajé 3 meses y obtuve una buena indemnización. Bastante lento el proceso,pero valio la pena. Ahora Feliz. Los recomiendo.

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  • Andrei Reyes 59 opiniones

  • Hace 8 meses

  • Tenia todo listo para renunciar y afortunadamente me aconsejaron un autodespido. No gane el 100%, pero obtuve mucho mas$$ que si renunciaba. Gracias por todo.

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  • yordan andres cofre castro 31 opiniones

  • Hace 8 meses

  • Fue un juicio laboral largo y difícil, pero con resultado satisfactorios. Al comienzo me costó entender la estrategia seguida, pero entendí que ellos eran los expertos y finalmente lo dejé todo en sus manos. un 7.

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  • Millondeangeles 94 opiniones

  • Hace 10 meses

  • Excelentes profesionales, empáticos y dispuestos a dar siempre una pronta respuesta. Me autodespedí porque no me aumentaron el sueldo, no tenía derecho a nada y me pagaron 11 años de servicio Los felicito.

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  • aimar echevarria 8 opiniones

  • Hace 10 meses

  • La mejor defensa Laboral. La empresa me había extendido un finiquito por cero pesos y terminó condenada a pagar 15 millones. Estaré eternamente agradecida.

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  • Karen Blanco 20 opiniones

  • Hace 9 meses

  • Fue un juicio laboral largo y difícil, pero con resultado satisfactorios. Al comienzo me ganaron mi juicio por necesidades de la empresa y recuperaron el descuento seguro de cesantia. los recomiendo

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  • Marcela Orellana 4 opiniones

  • Hace 2 años

  • Excelente servicio. Me despidieron con 0 pesos y obtuve una indemnización millonaria. Cercanos, confiables y muy profesionales


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