Autodespido

Abogados Laborales Gratuitos

AUTODESPIDO:

El autodespido es un acto unilateral que, a diferencia de la renuncia, permite al trabajador poner término a su contrato de trabajo cuando el empleador ha incurrido en incumplimientos contractuales tales como el NO pago de remuneraciones o NO pago de cotizaciones previsionales; cuando el trabajador es victima de Acoso laboral o sexual; O cuando simplemente el trabajador quiere dejar o cambiar de empleo, pero su empresa no quiere despedirlo para evitar pagarle el finiquito.

Autodespido Laboral:

A diferencia de la renuncia, permite exigir judicialmente el pago de la Indemnización por Años de Servicio, la Indemnización Sustitutiva por Falta de Aviso Previo o mes de aviso, los recargos legales adicionales, reajustes, interés y costas. Con una carta de Autodespido, que pone término al contrato de trabajo y posterior Demanda Laboral. De esta manera se pone termino El despido Indirecto 

Defensadespidos.cl, cuenta con Abogados Laborales cuenta con una rica y amplia red de contactos que nos permite brindar cobertura nacional!

Siempre puedes autodespedirte, no sólo cuando tu empleador o empresa haya incurrido en  alguna de las causales legales de autodespido, sino que también cuando simplemente estés harto o aburrido de tu trabajo y NO exista motivo legal . Si quieres irte, dejar tu empleo  y no existe causal legal nosotros siempre encontraremos alguna para  que te «vayas» con el finiquito e indemnizaciones respectivas.

  • Autodespido por Acoso laboral o Estrés Laboral.
  • También Autodespido por Acoso Sexual.
  • Autodespido por NO pago de cotizaciones previsionales, salud y/o cesantía (Cotizaciones declaradas y NO pagadas)
  • Además de Autodespido por NO pago de sueldo o remuneraciones (por sueldo o remuneraciones impagas).
  • Autodespido por causales tales como:
    NO otorgamiento de Vacaciones o Feriado.
  • NO pago de Horas Extras.
  • Por Accidente Laboral.
  • Por Enfermedad Profesional.
  • Por Falta de medidas o implementos de seguridad.
  • Por Menoscabo Laboral.
  • Por incumplimiento de contrato o de lo pactado.
  • Por cambio de cargo o funciones.
  • Por cambio de horario u hora entrada y/o salida.
  • Por cambio de lugar de prestación de los servicios.
¿Cómo puedo autodespedirme?
Pasos a Seguir:
  • Contáctanos a la brevedad, a fin de que te orientemos y adaptemos tu caso a alguna de las causales legales de autodespido del Código de el Trabajo que permita autodespedirte.
  • Luego, redactaremos y despacharemos  una Carta de aviso de Autodespido al domicilio de tu empresa  y desde la fecha de envío de la carta termina tu relación laboral).
  • Presentaremos la Demanda laboral , previa firma del mandato judicial respectivo y reclamaremos todas las indemnizaciones legales.
En suma, una vez que hayas decidido dejar tu trabajo sólo debes firmar un mandato judicial y nosotros nos encargaremos de tramitar íntegramente tu despido indirecto(carta de aviso + mandato judicial+ demanda laboral + notificación + sentencia judicial).

La diferencia es grande, radical. El autodespido –a diferencia de la renuncia- permite al trabajador terminar su contrato con derecho además de las indemnizaciones por aviso previo y por años de servicio a recargos legales adicionales, reajustes, interés y costas.

Es relativo, aproximadamente 30 hasta 120 días contados desde la fecha de presentación de la demanda ante los tribunales de justicia.

Sin embargo, finalmente la duración del juicio dependerá de una serie de factores (complejidad del caso, oposición del demandado, cuantía, tribunal, demora en la notificación, etc).

En primer lugar,  NUNCA te irás cero pesos o con las manos vacías.  Si ganas un juicio  laboral o  demanda laboral obtendrás:

  • Un mes de sueldo del total haberes, por concepto de  la indemnización sustitutiva por falta de aviso previo o mes de aviso.
  • Hasta once meses o más, por concepto de  la indemnización por años de servicio.
  • Hasta cinco (5,5) meses por concepto de recargo legal.
  • Días de Feriado legalferiado proporcional o Vacaciones pendientes, en dinero.
  • Remuneraciones pendientes de pago.
  • Comisiones pendientes de pago.
  • Bonos pendientes de pago.
  • Horas Extras pendientes de pago.
  • Adicionalmente, en caso de haber demandado o denunciado de Tutela por Vulneración de Derechos Fundamentales con ocasión del despido o despido indirecto, hasta once meses o más de tu último sueldo total haberes adicionales, si es además.

No, pues no es requisito legal y además nosotros nos encargamos de todo.

60 días hábiles (incluye los sábados) contados desde la fecha del despido.

  • Contáctanos a la brevedad, a fin de que te orientemos y adaptemos tu caso a alguna de las causales legales de autodespido del Código de el Trabajo que permita autodespedirte.
  • Luego, redactaremos y despacharemos  una Carta de aviso de Autodespido al domicilio de tu empresa  y desde la fecha de envío de la carta termina tu relación
    laboral).
  • Presentaremos la Demanda laboral , previa firma del mandato judicial respectivo y reclamaremos todas las indemnizaciones legales.

En suma, una vez que hayas decidido dejar tu trabajo sólo debes firmar un mandato judicial y nosotros nos encargaremos de tramitar íntegramente tu despido indirecto(carta de aviso + mandato judicial+ demanda laboral + notificación + sentencia judicial).

Es relativo, aproximadamente 30 hasta 120 días contados desde la fecha de presentación
de la demanda ante los tribunales de justicia.
Sin embargo, finalmente la duración del juicio dependerá de una serie de factores
(complejidad del caso, oposición del demandado, cuantía, tribunal, demora en la
notificación, etc).

En primer lugar,  NUNCA te irás cero pesos o con las manos vacías.  Si ganas un juicio
laboral o  demanda laboral obtendrás:

  • Un mes de sueldo del total haberes, por concepto de  la indemnización sustitutiva por falta de aviso previo o mes de aviso.
  • Hasta once meses o más, por concepto de  la indemnización por años de servicio.
  • Hasta cinco (5,5) meses por concepto de recargo legal.
  • Días de Feriado legal, feriado proporcional o Vacaciones pendientes, en dinero.
  • Remuneraciones pendientes de pago.
  • Comisiones pendientes de pago.
  • Bonos pendientes de pago.
  • Horas Extras pendientes de pago.
  • Adicionalmente, en caso de haber demandado o denunciado de Tutela por Vulneración de Derechos Fundamentales con ocasión del despido o despido indirecto, hasta once meses o más de tu último sueldo total haberes adicionales, si es además.

Servicio Gratuito,
Consulta Rápidamente!

Expertos en Demandas y Juicios laborales
¡Llámanos, podemos ayudarte!