Acoso Laboral o Sexual

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¿Qué es El ACOSO LABORAL, MOBBING LABORAL O BULLYNG LABORAL? es el conjunto de acciones u omisiones abusivas, ejecutadas por el propio empleador o por uno o más dependientes sobre la persona del trabajador (Acoso Laboral vertical u horizontal) y que afectan o dañan su salud o integridad psíquica o psicológica.
EL ACOSO LABORAL (Chile) se ejerce por cualquier medio o forma y produce como resultado para el o los afectados, su menoscabo, estrés, maltrato, humillación o afectación de su dignidad o bien amenaza o perjudica su situación o clima laboral y oportunidades en el empleo.
El Acoso Laboral puede manifestarse de diversas formas, por ejemplo: gritos, groserías, miradas despectivas, evasiones de mirada, no saludar, no despedirse, criticas despiadadas, degradaciones de cargo y/o funciones, subutilización de los servicios, etc.
El Acoso Sexual, en cambio, es todo requerimiento o acción de carácter sexual no consentido y/o rechazado por la víctima, hombre u mujer y que amanece o perjudique su estabilidad laboral, sus condiciones contractuales y sus oportunidades de acenso o mejoramiento en el empleo. Dicho coloquialmente el Acoso Sexual no es más que es el burdo, vil y despreciable chantaje

Si ya no estas en condiciones psicológicas de soportar el hostigamiento y las presiones,  a la larga, la solución más eficaz tanto material como económicamente es el autodespido.

En cambio, si con fue con ocasión o con motivo de tu despido que se afectó o dañó tu integridad psíquica puedes interponer una demanda o denuncia de tutela por vulneración de derechos fundamentales o humanos.

El Autodespido por acoso laboral o acoso sexual es económicamente la forma más eficaz y eficiente  de poner término al sufrimiento que supone el hostigamiento y los padecimientos.

Luego habrá que interponer una Demanda Laboral de Autodespido por Acoso Laboral o Acoso Sexual y/o una Tutela por Vulneración al Derecho Fundamental a Integridad Psíquica.

En primer lugar,  NUNCA te irás cero pesos o con las manos vacías.  Si ganas un juicio  laboral o  demanda laboral obtendrás:

  • Un mes de sueldo del total haberes, por concepto de  la indemnización sustitutiva por falta de aviso previo o mes de aviso.
  • Hasta once meses o más, por concepto de  la indemnización por años de servicio.
  • Hasta cinco (5,5) meses por concepto de recargo legal por el despido injustificado o autodespido justificado.
  • Días de Feriado legalferiado proporcional o Vacaciones pendientes, en dinero.
  • Remuneraciones pendientes de pago.
  • Comisiones pendientes de pago.
  • Bonos pendientes de pago.
  • Horas Extras pendientes de pago.
  • Adicionalmente, en caso de haber demandado o denunciado de Tutela por Vulneración de Derechos Fundamentales con ocasión del despido o autodespido, hasta once meses o más de tu último sueldo total haberes adicionales, si es además.

Sí. Idealmente es conveniente formular una denuncia ante la inspección del trabajo, a fin de preparar «el camino», recopilar antecedentes y preconstituir pruebas que permitan fundar una eventual demanda laboral.

Formulada una denuncia por acoso laboral o acoso sexual la Inspección del Trabajo activará una fiscalización en contra de la empresa denunciada, luego inspector o fiscalizador asignado se apersonara en las dependencias e investigará los hechos y en caso de corroborar alguna ilegalidad multará a su empleador.

Si te despiden en represalia a una denuncia formulada o a consecuencia de la activación de una fiscalización de la Inspección del Trabajo debes, a través de un Abogado Laboral,  Interponer, ante el Juzgado del Trabajo una  Demanda o Denuncia deTutela por Vulneración de Derechos Fundamentales, por vulneración a la Garantía Indemnidad Laboral o Tutela Judicial Efectiva y exigir una Indemnización de hasta once (11) sueldos de tu última remuneración o sueldo bruto.

Puedes obtener adicionalmente una  Indemnización de hasta once (11) sueldos de tu última remuneración o sueldo bruto. Adicionalmente, porque la Indemnización de la  Sentencia de la Tutela Laboral es independiente, extra, a la que puede corresponderte por años de servicios, feriados, prestaciones y recargos legales.

Por ejemplo, se despide a un trabajador con once (11) años de servicio por la causal de incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato, previa denuncia del mismo trabajador ante la Inspección del Trabajo por no de pago de remuneraciones y el  Juez del Trabajo declara por sentencia judicial  que con ocasión o con motivo de su despido se vulneró alguno de tus derechos fundamentales, tendrá derecho no sólo a la indemnización de once (11)sueldos, a un (1) mes de sueldo por la falta de aviso previo, al recargo de 8,8 sueldos por la causal, al feriado y prestaciones sino que además adicionalmente una  Indemnización de hasta once (11) sueldos de tu última remuneración o sueldo bruto. En suma, podría obtener una indemnización que podría alcanzar y/o superar los 30,8 sueldos brutos.

No, pues no es requisito legal y además nosotros nos encargamos de todo.

60 días hábiles (incluye los sábados) contados desde la fecha del despido.

  • Contáctanos a la brevedad, a fin de que te orientemos y adaptemos tu caso a alguna de las causales legales de autodespido del Código de el Trabajo que permita autodespedirte.
  • Luego, redactaremos y despacharemos  una Carta de aviso de Autodespido al domicilio de tu empresa  y desde la fecha de envío de la carta termina tu relación
    laboral).
  • Presentaremos la Demanda laboral , previa firma del mandato judicial respectivo y reclamaremos todas las indemnizaciones legales.

En suma, una vez que hayas decidido dejar tu trabajo sólo debes firmar un mandato judicial y nosotros nos encargaremos de tramitar íntegramente tu despido indirecto(carta de aviso + mandato judicial+ demanda laboral + notificación + sentencia judicial).

Es relativo, aproximadamente 30 hasta 120 días contados desde la fecha de presentación
de la demanda ante los tribunales de justicia.
Sin embargo, finalmente la duración del juicio dependerá de una serie de factores
(complejidad del caso, oposición del demandado, cuantía, tribunal, demora en la
notificación, etc).

En primer lugar,  NUNCA te irás cero pesos o con las manos vacías.  Si ganas un juicio
laboral o  demanda laboral obtendrás:

  • Un mes de sueldo del total haberes, por concepto de  la indemnización sustitutiva por falta de aviso previo o mes de aviso.
  • Hasta once meses o más, por concepto de  la indemnización por años de servicio.
  • Hasta cinco (5,5) meses por concepto de recargo legal.
  • Días de Feriado legal, feriado proporcional o Vacaciones pendientes, en dinero.
  • Remuneraciones pendientes de pago.
  • Comisiones pendientes de pago.
  • Bonos pendientes de pago.
  • Horas Extras pendientes de pago.
  • Adicionalmente, en caso de haber demandado o denunciado de Tutela por Vulneración de Derechos Fundamentales con ocasión del despido o despido indirecto, hasta once meses o más de tu último sueldo total haberes adicionales, si es además.

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